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Cuota de autónomos 2026: tarifa plana, tramos y todo lo que cambia

9 min lectura · 20 de abril de 2026

El sistema de cotización de autónomos en España vive desde 2023 su mayor reforma en décadas. El antiguo sistema de base de cotización libre dio paso a un modelo de cotización por ingresos reales, donde cada autónomo cotiza en función de lo que efectivamente gana. En 2026, el sistema está plenamente consolidado y conocer sus reglas puede suponer una diferencia de cientos de euros anuales en tu cuota mensual.

El nuevo sistema de cotización por ingresos reales

El Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, estableció el nuevo sistema de cotización para trabajadores autónomos basado en el rendimiento neto anual. Este sistema sustituyó al anterior modelo en el que el autónomo elegía libremente su base de cotización (con un mínimo y un máximo), independientemente de sus ingresos reales.

El nuevo modelo funciona así: al inicio de cada año, el autónomo comunica a la Seguridad Social una previsión de sus rendimientos netos anuales. En función de esa previsión, se le asigna un tramo y una cuota mensual provisional. Al cierre del año, la Agencia Tributaria comunica a la Seguridad Social los rendimientos netos reales del contribuyente y se realiza una regularización: si ganó más de lo previsto, paga la diferencia; si ganó menos, la Seguridad Social le devuelve el exceso pagado.

Los rendimientos netos para calcular el tramo de cotización son los ingresos de la actividad menos los gastos deducibles menos el 7% adicional en concepto de gastos de difícil justificación (o el porcentaje real de gastos si es mayor). La propia cuota de autónomos también es deducible para calcular el rendimiento neto.

Tabla de tramos de rendimientos netos 2026

Para 2026, la tabla de tramos y cuotas mensuales mínimas y máximas es la siguiente (los valores exactos se publican anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o disposición equivalente; los que se muestran son los vigentes según el calendario de la reforma):

  • Tramo 1 — Rendimiento neto inferior a 670 €/mes: cuota mínima 200 €/mes, cuota máxima 260 €/mes.
  • Tramo 2 — Rendimiento neto entre 670 € y 900 €/mes: cuota mínima 220 €/mes, cuota máxima 280 €/mes.
  • Tramo 3 — Rendimiento neto entre 900 € y 1.166,70 €/mes (equivalente al SMI): cuota mínima 260 €/mes, cuota máxima 350 €/mes.
  • Tramo 4 — Rendimiento neto entre 1.166,70 € y 1.300 €/mes: cuota mínima 310 €/mes, cuota máxima 400 €/mes.
  • Tramo 5 — Rendimiento neto entre 1.300 € y 1.500 €/mes: cuota mínima 340 €/mes, cuota máxima 450 €/mes.
  • Tramo 6 — Rendimiento neto entre 1.500 € y 1.700 €/mes: cuota mínima 370 €/mes, cuota máxima 490 €/mes.
  • Tramo 7 — Rendimiento neto entre 1.700 € y 1.850 €/mes: cuota mínima 380 €/mes, cuota máxima 510 €/mes.
  • Tramo 8 — Rendimiento neto entre 1.850 € y 2.030 €/mes: cuota mínima 390 €/mes, cuota máxima 530 €/mes.
  • Tramo 9 — Rendimiento neto entre 2.030 € y 2.330 €/mes: cuota mínima 420 €/mes, cuota máxima 560 €/mes.
  • Tramo 10 — Rendimiento neto entre 2.330 € y 2.760 €/mes: cuota mínima 460 €/mes, cuota máxima 590 €/mes.
  • Tramo 11 — Rendimiento neto entre 2.760 € y 3.190 €/mes: cuota mínima 490 €/mes, cuota máxima 620 €/mes.
  • Tramo 12 — Rendimiento neto entre 3.190 € y 3.620 €/mes: cuota mínima 530 €/mes, cuota máxima 650 €/mes.
  • Tramo 13 — Rendimiento neto entre 3.620 € y 4.050 €/mes: cuota mínima 560 €/mes, cuota máxima 680 €/mes.
  • Tramo 14 — Rendimiento neto entre 4.050 € y 6.000 €/mes: cuota mínima 590 €/mes, cuota máxima 720 €/mes.
  • Tramo 15 — Rendimiento neto superior a 6.000 €/mes: cuota mínima 650 €/mes, cuota máxima 1.267 €/mes.

Importante: dentro de cada tramo puedes elegir cualquier base de cotización entre la mínima y la máxima del tramo. Una base de cotización más alta implica mayor cuota mensual pero también mayores prestaciones futuras (jubilación, incapacidad temporal, etc.).

Cuota mínima y máxima en 2026

La cuota mínima posible en 2026 para un autónomo con rendimientos netos muy bajos (inferiores a 670 €/mes) es aproximadamente 200 euros al mes. La cuota máxima para un autónomo en el tramo 15 que cotice por la base máxima puede superar los 1.267 euros al mes.

Esto supone una variación significativa respecto al sistema anterior, donde la cuota mínima rondaba los 294 euros al mes y la base máxima estaba más limitada. El nuevo sistema beneficia a los autónomos con ingresos bajos y perjudica, en términos de cuota mínima obligatoria, a los que cotizan voluntariamente por la base mínima independientemente de sus ingresos.

Tarifa plana para nuevos autónomos: 80 euros al mes

Los autónomos que causan alta en el RETA por primera vez, o que no hayan estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores (o en los tres si han disfrutado de bonificaciones previas), tienen derecho a la tarifa plana reducida.

En 2026, la tarifa plana es de 80 euros al mes durante los primeros 12 meses de actividad, independientemente del tramo de ingresos en que se encuentre el autónomo. Esta tarifa es fija y no depende de los rendimientos declarados.

Transcurridos los primeros 12 meses, si los rendimientos netos previstos del autónomo son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), puede prorrogarse la bonificación por 12 meses adicionales, aunque con una cuota algo superior a los 80 euros iniciales. Si los ingresos superan el SMI, el autónomo pasa directamente al tramo que le corresponde por sus rendimientos.

Para solicitar la tarifa plana, debes indicarlo explícitamente en el momento de causar el alta en el RETA a través de la plataforma Import@ss. No se concede de forma automática si no la solicitas en el momento del alta.

Cómo cambiar de tramo durante el año

Una de las ventajas del nuevo sistema es la flexibilidad para ajustar la cuota a lo largo del año. Puedes solicitar el cambio de tramo de cotización hasta 6 veces durante el año natural, con efectividad en el primer día del mes siguiente a la solicitud.

Los periodos en que se pueden solicitar cambios de tramo son:

  • Del 1 al 31 de enero: con efectividad el 1 de febrero.
  • Del 1 al 28/29 de marzo: con efectividad el 1 de abril.
  • Del 1 al 31 de mayo: con efectividad el 1 de junio.
  • Del 1 al 31 de julio: con efectividad el 1 de agosto.
  • Del 1 al 30 de septiembre: con efectividad el 1 de octubre.
  • Del 1 al 30 de noviembre: con efectividad el 1 de diciembre.

Para hacer el cambio, accede a Import@ss (importass.seg-social.es) con tu usuario y contraseña o certificado digital. El proceso es completamente online y no requiere ir a ninguna oficina.

Regularización anual de cuotas

Tras el cierre del ejercicio fiscal, la Agencia Tributaria comunica a la Tesorería General de la Seguridad Social los rendimientos netos reales de cada autónomo. A partir de ese dato, la Seguridad Social realiza la regularización anual:

  • Si cotizaste por encima del tramo real: la Seguridad Social te devuelve las cuotas pagadas en exceso, generalmente en los meses siguientes a la comunicación de la AEAT (que puede tardar varios meses desde el cierre del ejercicio).
  • Si cotizaste por debajo del tramo real: recibirás un cargo adicional por las cuotas pendientes. Este cargo incluye los intereses correspondientes al periodo de infracotización.

Para evitar sorpresas en la regularización, actualiza regularmente tu previsión de ingresos a lo largo del año y solicita el cambio de tramo cuando detectes que tus ingresos reales se están desviando significativamente de la previsión inicial.

Compatibilidad con prestación por desempleo

Los trabajadores por cuenta ajena que perciben una prestación de desempleo y deciden darse de alta como autónomos pueden capitalizar la prestación o compatibilizarla con el inicio de la actividad en determinadas circunstancias.

La compatibilización de la prestación de desempleo con el alta como autónomo es posible durante un máximo de 270 días (9 meses) bajo ciertas condiciones: el autónomo debe solicitarlo al SEPE antes de iniciar la actividad, la actividad autónoma no puede haberse ejercido en los 24 meses anteriores y la prestación reconocida debe tener un período pendiente de al menos 3 meses.

Durante el período de compatibilización, el SEPE continúa abonando la prestación de desempleo y el autónomo paga la cuota del RETA. Una vez terminado el período de compatibilización, el autónomo puede capitalizar el importe restante de la prestación como un pago único para inversión en el negocio.

Cómo reducir legalmente la cuota: gastos deducibles para bajar el rendimiento neto

La base sobre la que se calcula el tramo de cotización son los rendimientos netos, no los ingresos brutos. Por tanto, todo gasto legalmente deducible que reduzcas del beneficio bruto reduce también el rendimiento neto y, potencialmente, te coloca en un tramo de cotización inferior.

Los gastos deducibles más relevantes para los autónomos son:

  • La propia cuota del RETA: es deducible al 100% en el IRPF. Al ser deducible, reduce el rendimiento neto, lo que a su vez reduce la base de cotización. Hay un efecto circular que reduce ligeramente el coste real de la cuota.
  • Gastos de suministros del local o despacho: si trabajas desde un local dedicado exclusivamente a la actividad, son deducibles al 100%. Si trabajas desde casa, puedes deducir una proporción de los gastos de suministros (luz, agua, internet, teléfono) en función de los metros cuadrados dedicados a la actividad.
  • Amortizaciones de activos: los equipos informáticos, el mobiliario de oficina y otros activos usados en la actividad se amortizan anualmente según las tablas de la AEAT, reduciendo el rendimiento neto cada año.
  • Gastos de formación: cursos, libros, suscripciones a publicaciones profesionales y eventos del sector son deducibles si están directamente relacionados con la actividad.
  • Gastos de marketing y publicidad: creación y mantenimiento de web, publicidad en redes sociales, material corporativo e impresión de tarjetas son deducibles al 100%.
  • Seguros profesionales: la póliza de responsabilidad civil y otros seguros relacionados con la actividad profesional son deducibles.
  • Gastos de gestoría y asesoría: los honorarios de tu gestor fiscal o asesor son deducibles al 100%.

Un gasto adicional a tener en cuenta es la deducción por gastos de difícil justificación: en la estimación directa simplificada, puedes deducir un 7% adicional sobre el rendimiento neto previo (con límite de 2.000 euros anuales) sin necesidad de justificar con facturas.

Autónomos societarios: diferencias en cotización

Los socios trabajadores de sociedades mercantiles que controlan más del 25% del capital y ejercen funciones de dirección o gerencia también deben darse de alta en el RETA como autónomos societarios. Sin embargo, tienen ciertas particularidades en la cotización:

  • No tienen acceso a la tarifa plana de 80 euros (la bonificación para nuevos autónomos no aplica a los autónomos societarios).
  • La base mínima de cotización para autónomos societarios en 2026 es superior a la del resto de autónomos (en torno a los 1.000-1.100 euros de base, con la cuota correspondiente).
  • El rendimiento neto para determinar el tramo de cotización se calcula de forma diferente: se incluyen tanto los rendimientos del trabajo (salario que se paga la sociedad) como la parte proporcional de los rendimientos del capital social.

Lleva el control de tu rendimiento neto con ClientLabs

Para gestionar correctamente la cuota de autónomos bajo el nuevo sistema, necesitas conocer en todo momento cuál es tu rendimiento neto acumulado en el año. Esto requiere llevar un registro actualizado de todos tus ingresos y gastos deducibles.

ClientLabs centraliza la gestión de facturas emitidas y recibidas, lo que te permite tener siempre visible tu facturación acumulada del año. Con esos datos, puedes estimar tu rendimiento neto actual y decidir si debes solicitar un cambio de tramo antes de que termine el próximo período de solicitud. Empieza gratis en ClientLabs y deja de hacer estos cálculos con hojas de cálculo cada vez que necesitas tomar una decisión sobre tu cotización.

Preguntas frecuentes sobre la cuota de autónomos 2026

¿Qué pasa si no declaro mis ingresos correctamente y la regularización resulta en una deuda?

Si la regularización determina que cotizaste por debajo del tramo que te correspondía, la Seguridad Social te reclamará la diferencia más los intereses correspondientes. No hay sanción adicional si la diferencia es por una previsión incorrecta de buena fe, pero sí si se detecta que la declaración de ingresos fue deliberadamente inexacta.

¿Puedo cotizar por la base máxima aunque mis ingresos sean bajos?

Sí. El sistema permite elegir cualquier base de cotización dentro del rango de tu tramo. Si quieres acumular más derechos de jubilación o protección social, puedes cotizar por encima de la base mínima de tu tramo, pagando una cuota mensual mayor.

¿Cómo afecta el nuevo sistema a los autónomos con ingresos muy variables?

Los autónomos con ingresos estacionales o muy variables son los que más se benefician de la posibilidad de cambiar de tramo hasta 6 veces al año. En meses de alta actividad puedes estar en un tramo superior, y en meses de baja actividad, reducir la cuota cambiando a un tramo inferior.

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